Clase V

CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO  

 Para diversos autores ha resultado complejo el tratar de conceptualizar el derecho administrativo, situación que se ha presentado por el carácter filosófico de esta rama del Derecho El principal problema al que se nos enfrentamos al tratar de definir al Derecho Administrativo es, que él mismo abarca diferentes áreas y funciones Algunos analistas jurídicos consideran que el Derecho Administrativo regula organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, otros, que únicamente se encarga de la administración Pública y de las personas administrativas que surgen de ella, mientras un tercer grupo señala que el Derecho Administrativo será aquél que regule las relaciones del Estado con los particulares. Dado que todas forman parte del Derecho Administrativo se comparte lo expresado por Gabino Fraga que al respecto comenta:»…por una parte incluya el régimen de organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, y por otra comprenda las norma administrativa. que regulan la actividad del Estado, que se realiza en forma de función Aún y cuando existen esta serie de discrepancias entre los estudiosos del Derecho es indispensable tener un concepto delimitado del Derecho Administrativo para facilitar la comprensión de nuestra materia de estudio. Con la finalidad de englobar todos estos elementos en una sola definición autores como Olivera Toro; y Boquera Oliver entre otros, realizan una sistematización de diversos criterios teóricos que para ellos, determinan el concepto de la multicitada disciplina De manera ejemplificativa, enunciaremos solo algunas de ellas:

a) Criterio orgánico.-Hace hincapié en los entes administrativos

b) Criterio de la Actividad Administrativa : atiende a las relaciones del Poder Ejecutivo con otros entes públicos y con los particulares

c) Criterio del Servicio Publico dento del Servicio Como se puede observar los criterios y mismo punto de origen, por lo que a manera de conclusión se sene de definiciones provenientes de diversas fuentes, que parecen ser adecuadas y completas para el punto en comento.

Entendiéndose por Derecho Público; el sistema normativo que regula la actuación del Estado en su accionar soberano y determina las relaciones e intereses que privan con sus gobernados, mediante la creación de los órganos mientos pertinentes. Así mismo es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas

EL Derecho Publico tiene  Potestades públicas Jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí. La característica del derecho público, tal como lo señala el prestigioso autor jurídico Julio Rivera, es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «nos pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el Derecho Privado).

Comentario: en palabras conceptuales definir derecho Administrativo es un tema muy complicado puesto que abarca distintos criterios que dependiendo desde el punto de vista en que se vea, pero para ampliar un concepto bastante acertado seria el de Garcia Maynez » Es el conjunto de reglas jurídicas relativas a la acción administrativa del Estado, la estructura de los entes del poder ejecutivo y sus relaciones. Desde el punto de vista formal, las diversas funciones son definidas de acuerdo con la índole de los poderes, en cuya definición se encuentran intrínsecos criterios como el del Derecho Publico, criterio orgánico, y de la Actividad Administrativa

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