CLASE XXI

EL PRINCIPIO DE LA COMPETENCIA DIFERENTES CONCEPCIONES CRÍTICAS.

Desde otra perspectiva, la competencia puede ser definida como todo o círculo de atribuciones que corresponden a los sujetos público

como la aptitud de obrar o legal de un órgano o ente del Estado  En la doctrina italiana predomina, en cambio, un criterio si ar al que utiliza la ciencia procesa lista para circunscribir la competencia del juez; así se ha sostenido que la idea de competencia se de-fine como aquella medida de la potestad de un oficio propio tiempo otro sector doctrinario ha intentado distinguir

Entre competencia y atribución, sosteniendo que, mientras la primera se refiere a la emanación de los actos como una derivación directa del principio de articulación, la segunda se relaciona con el poder genéricamente considerado e implica el otorgamiento con carácter necesario y único de una determinada facultad a un órgano 20

En lo que puede considerarse la antípoda doctrinaria se ubican algunos autores españoles que propician exactamente el criterio opuesto caracterizando a la competencia por su sentido genérico. objetivo y ser predicada en las diversas administraciones como figura opuesta a la atribución, resultando esta última de las manifestaciones específicas y concretas de los propios órganos que las estatales o bien con un alcance jurídico más preciso,ejercen.

COMENTARIO: Siguiendo los criterios de Bonnard, se piensa que las competencias que configuran la materia constituyen las «tarea que desarrollan los órganos y las atribuciones son potestades que se otorgan en virtud del cargo.

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